3 de agosto de 2019
Desde esta medianoche quedará vedada la difusión de encuestas electorales

Las empresas de encuestas y sondeos de opinión que incumplan las disposiciones recibirán primero un llamado de atención, luego un apercibimiento; después una multa, y por último una suspensión o cancelación de la inscripción en el Registro.
Según el artículo 44 de la ley 26.571, ocho días antes de cada elección y hasta tres horas después de su cierre, “ningún medio de comunicación, ya sean éstos audiovisuales, de radiodifusión, gráficos, internet u otros, podrá publicar” este tipo de relevamientos.
“Los medios de comunicación que incumplan esta disposición podrán ser sancionados con multa del cero coma uno por ciento (0,1%) al diez por ciento (10%) de la facturación de publicidad obtenida en el mes anterior a la comisión del hecho”, señala la norma.
COMPARTIR:
Comentarios
Aun no hay comentarios, sé el primero en escribir uno!