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11 de noviembre de 2019
Con toda la línea sucesoria renunciada, hay dudas sobre quién debe ocupar el cargo. ¿Qué dice la Constitución nacional?
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"En caso de impedimento o ausencia definitiva de la presidenta o del presidente del Estado, será reemplazada o reemplazado en el cargo por la vicepresidenta o el vicepresidente y, a falta de ésta o éste, por la presidenta o el presidente del Senado, y a falta de ésta o éste por la presidente o el presidente de la Cámara de Diputados", señala la Constitución.
Empero, en
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Un rato antes ya había anunciado su salida del cargo el titular de la Cámara de Diputados, Víctor Borda, con la misma intención de evitar tener que asumir la jefatura del Palacio Quemado.
Ante este cuadro de virtual acefalía, los diarios paceños dan por hecho que habrá un llamado a nuevas elecciones, pero no parece claro quién las convocará y quién las organizará.
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