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28 de enero de 2026
Prohibieron la venta y el uso de dos productos médicos por no estar registrados
La resolución incluye la restricción en todo el país de insumos empleados en cirugías nasales y procedimientos electroquirúrgicos
En el primero de los casos, la inspección tuvo lugar en las oficinas de Alsina al 1400, donde el presidente de la empresa permitió el ingreso del personal fiscalizador. Durante el recorrido, se detectó la presencia de productos médicos de terceros, asà como equipos médicos destinados al alquiler, sin la documentación necesaria ni identificación de responsable importador o fabricante en el paÃs.
En el recorrido hallaron materiales en el depósito y entre ellos estaban las unidades de electrodos y del yeso nasal, ambos sin datos de registro sanitario. Las autoridades del lugar presentaron una factura de compra del segundo artÃculo, emitida por G. E. Lombardozzi SA, pero no aportaron documentación sobre el otro aparato. Consultada la Dirección General de Información Técnica, se verificó que ninguno de los dos productos figura inscripto en el Registro Nacional de Productores y Productos de TecnologÃa Médica.Al dÃa siguiente arribaron a la sede de G. E. Lombardozzi SA, sobre la calle Silvio Ruggieri. AllÃ, los inspectores de ANMAT comprobaron la existencia de 23 unidades de las tablillas en tamaño “Large†y 50 unidades “Mediumâ€, todos sin datos de importador, fabricante ni registros sanitarios. Según el responsable de la firma, estos insumos se utilizan como inmovilización inmediata tras cirugÃas de nariz; pero no presentó documentación comercial que acredite la procedencia ni el registro. Finalmente, le indicaron por escrito a ANMAT que las unidades habÃan sido adquiridas a otra empresa y consideraron que no requerÃan autorización sanitaria.A raÃz de las irregularidades detectadas, la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud recomendó la prohibición preventiva de su uso, comercialización y distribución; y avanzó con las comunicaciones pertinentes a las autoridades sanitarias jurisdiccionales y a los organismos correspondientes, asà como a la mencionada área y a la Coordinación de Sumarios.